Préstamo de libros Curso 2016/17

Remitimos circular del director sobre la Solicitud de Préstamo de Libros para el curso que viene:
Queridas familias:
Como recordaréis, la Consejería de Educación desarrolló un sistema de préstamo de libros para alumnos en situación de desventaja socioeconómica, regulado en la Orden 9726/2012, de 24 de agosto y en las Instrucciones de desarrollo de 14 de marzo de 2016.
Para el curso 2016/2017, la Administración aún no ha determinado que la cantidad asignada a nuestro centro, aunque contamos con que será una cantidad similar a cursos anteriores.
Por ello, por medio de la presente, os comunicamos en qué casos y cómo se puede optar a este préstamo:
  • Pueden acogerse a este programa los alumnos que en el curso 2016/2017 vayan a estar matriculados en E. Infantil, E. Primaria y ESO, y que cumplan los siguientes criterios aprobados por el Consejo Escolar:
    • Percibir la Renta Mínima de Inserción.
    • Estar en situación de intervención por los Servicios Sociales.
    • Estar todos sus miembros en situación de desempleo.
    • En caso de haber sido beneficiario anteriormente, haber devuelto todos los libros en perfecto estado.
    • En el caso de no cumplir ninguno de los requisitos anteriores, se considerará la renta per cápita familiar, siendo beneficiarios aquéllos que la tengan más baja.
  • Los alumnos que cumplan alguno de los criterios citados deberán presentar su solicitud por escrito, desde el día 6 de junio hasta el día 17 de junio del 2016, en el que conste:
  • El nombre y apellidos del alumno.
  • El curso escolar al que se incorpora en el próximo 2016/2017.
  • El criterio/s que reúne, junto con la documentación que lo/s acredite.
  • A la vista de estos criterios y de las solicitudes presentadas, el Consejo Escolar determinará los beneficiarios del préstamo, que se comprometerán a devolver los libros o material prestado al finalizar el curso escolar.
  • En caso de pérdida por negligencia, o de destrucción intencionada del material prestado, se aplicarían las sanciones correspondientes previstas en el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, quedando obligado el alumno, en todo caso, a la reposición del material. En caso contrario, quedaría excluido para su incorporación a sucesivos programas de préstamo.
Sin otro particular, recibe un cordial saludo.

José Ignacio García Rodríguez

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