CONSIDERACIONES PARA OPONERSE A LA REFORMA DE LA LEY EDUCATIVA O “LEY CELAÁ”

Solo existe el derecho y deber de los padres a ser los primeros y principales educadores de sus hijos. El Estado solo es subsidiario para que los padres puedan ejercer este derecho y este deber. Debe garantizar que los padres sean los primeros y principales educadores de sus hijos. Es decir, que el Estado debe servir de ayuda y apoyo o sustituir en caso de que fuera necesario. 

Para que el Estado garantice, apoye y ayude, debe procurar que exista el máximo de libertad para que los padres elijan donde y como poder encontrar un centro escolar acorde a sus convicciones ideológicas, filosóficas, pedagógicas, morales y religiosas.

Esto está refrendado por diversos documentos jurídicos nacionales e internacionales.

la Constitución Española (artículo 27.1 y 27.3)

referencias en la Sentencia del Tribunal Constitucional (TC) 74/2018

Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 26.3)

Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2010 (artículo 14.3) sobre la libertad de creación de centros docentes

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 18.4, donde dice que los Estados Parte en dicho Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral según sus convicciones.

Protocolo adicional al Convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de París, 20 de marzo de 1952, en su artículo 2.


Esto es lo que defendemos frente al acoso a esta libertad que pretende y que proyecta esta reforma de la ley de educación.

Promueve la reducción progresiva del modelo de educación de la escuela concertada, de la educación especial y de la asignatura de religión.

Ahora no es una amenaza el acoso a la educación concertada. Será una realidad en diciembre que es cuando seguramente se apruebe esta ley educativa.

Procura a la Administración u organismos educativos la potestad de distribuir a los alumnos por centros, teniendo los centros públicos la primacía.

En Cataluña ya se está debatiendo la ley para obligar a cubrir primero la oferta de plazas en centros públicos en una zona determinada y solo luego poder optar por plazas en centros concertados.

Se inventan un derecho a la educación pública.

Limita la autonomía de los centros.

Reduce el apoyo económico a los centros concertados.

También reduce el salario de los profesores de los centros concertados frente al salario de los profesores de la pública.

Se escenifica un control político de la educación, secuestrando las opciones de los millones de padres que quieren elegir según sus convicciones morales, religiosas, filosóficas, pedagógicas e ideológicas.

Promueve una inclusión radical de los que necesitan una educación especial en un espacio general donde no les van a prestar la atención necesaria ni van a cubrir sus necesidades especiales.

Este proyecto de ley quiere un control absoluto en la educación, dejando a un lado a los padres y a la autonomía de los colegios.



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